Traer o arreglar a la familia: opciones y consideraciones

Fecha de publicación

21/12/2022

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Vivir en los Estados Unidos como inmigrante significa enfrentarse a muchas dificultades, pero en la mayoría de los casos, representa una oportunidad de tener una mejor vida para las personas que dejan su país de origen para buscar el Sueño Americano. 

Muchos inmigrantes llegan a los Estados Unidos solos, pero con la expectativa de poder traer a sus familias una vez que logren tener una situación económica estable y un estatus legal.


Las visas familiares le pueden ayudar a reunirse con sus seres queridos

-Las peticiones familiares representan para estos inmigrantes una gran oportunidad de traer a vivir a los Estados Unidos a sus seres queridos de forma legal, sin embargo, los procesos pueden ser largos y bastante complicados para alguien que no tenga conocimientos sobre la ley de inmigración o que no cuente con la asesoría de un abogado de inmigración experimentado.

Algunas personas intentan realizar el proceso de peticiones familiares por su cuenta o con ayuda básica solo para completar los formularios correspondientes, sin embargo, esto podría poner en riesgo el resultado de la petición, las posibilidades de su familiar de arreglar o de ingresar legalmente a los Estados Unidos, o generar atrasos adicionales a los procesos que de por sí toman bastante tiempo.

Para tener éxito con la solicitud una Visa Familiar, es indispensable una comprensión clara del historial migratorio tanto del patrocinador como del beneficiario. Esto permitirá identificar posibles problemas y soluciones alternativas, antes de empezar el proceso.

También es importante manejar las expectativas y verificar los tiempos estimados para el procesamiento del caso y los tiempos de espera para las categorías preferenciales. 

El proceso en sí se compone de dos etapas principales:

Etapa 1 – El patrocinador somete la forma I-130:

El patrocinador (ciudadano estadounidense o residente legal) completa y entrega a USCIS la solicitud I-130 para establecer la relación con el beneficiario que califica y “meterse en la fila” para continuar con el proceso. 

Etapa 2 - El beneficiario aplica por la residencia:

Una vez que la petición ha sido aprobada y hay una visa disponible, el beneficiario puede aplicar por su residencia, ya sea a través de un Ajuste de Estado o de un Proceso Consular.

¿Cuáles son las diferencias para pedir familiares entre un Ciudadano y un Residente (LPR)?

Tanto los residentes como los ciudadanos pueden “pedir” visas familiares, sin embargo, existen diferencias tanto en los familiares a los que se puede pedir (según la relación), como en los tiempos aproximados de espera para obtener una visa disponible.

Visas Familiares para Ciudadanos

¿A quién puede pedir?

Un ciudadano estadounidense mayor a 21 años puede pedir a su:

  • Esposo o esposa
  • Padres
  • Hijos menores a 21 años
  • Hijos no casados
  • Hijos casados
  • Hermanos
Disponibilidad de Visas:

En este momento (Febrero, 2024) hay visas disponibles para cónyuge, padres e hijos menores a 21 años (familiares inmediatos), pero hay un periodo de espera para hijos mayores y hermanos. 

Considere que aún si solicita a familiares inmediatos, existirá un periodo de espera mientras USCIS procesa y aprueba las solicitudes. ¡Cuánto antes inicie el proceso, antes podrán estar con usted!

Visas para Familiares de Residentes

¿A quién puede pedir?

Como Residente Permanente Legal (Green Card holder) usted podría pedir: 

  • Esposo o esposa
  • Hijos menores a 21 años
  • Hijos no casados
Disponibilidad de Visas:

En este momento (Febrero, 2024) hay visas disponibles para cónyuges e hijos menores de 21 años, pero hay un periodo de espera para hijos mayores no casados. 


Puede existir una opción para reunirse con su familia

Categorías Preferenciales en las Visas Familiares

Según su relación con el beneficiario de la Visa Familiar, a este se le asignará una categoría. Hay un máximo de visas asignadas para cada categoría por año fiscal, así que puede existir un periodo de espera hasta que haya una visa disponible. También hay límites en el número de visas disponibles para ciertos países. 

Si una Visa no está disponible inmediatamente para un familiar en una categoría preferencial:

  • ¡Revise el Boletín de Visas todos los meses!
  • La aplicación por la residencia debería ser enviada por el beneficiario cuando su fecha de preferencia (usualmente el día que el formulario fue recibido por USCIS) esta antes de la que se indica bajo "fechas para aplicar" en el Boletín de Visas.
  • Al aplicar por la residencia, el beneficiario podría aprovechar también para solicitar un permiso combinado: EAD/AP (autorización de trabajo y de viaje), con el fin de reducir los tiempos de espera por estos documentos en caso de que se requieran.

Recomendaciones:

  • Evalúe las opciones disponibles y los riesgos con un abogado: cada historia de inmigración es distinta y se deben considerar todas las posibles implicaciones legales del historial, especialmente para los beneficiarios. En algunos casos puede ser necesario completar pasos adicionales como solicitar una Exención de Inadmisibilidad o un Permiso Temporal (“parole”) para evitar contratiempos.
  • ¡Métase a la fila! Todos los procesos migratorios toman tiempo. Cuanto antes inicie el proceso, antes podrá tener a sus familiares con usted. Aunque en este momento la espera pueda parecer eterna, el tiempo pasa y su caso irá avanzando.
  • Ajuste la estrategia si se presentan cambios en su situación familiar o en las leyes de inmigración: con el paso del tiempo puede ser que su situación familiar varíe. Los hijos crecen, las parejas se casan, las familias toman decisiones y puede ser que el panorama de su petición cambie también. ¡Infórmele a su abogado! Por ejemplo, si se aplica por un familiar mientras el peticionario es residente y posteriormente este se naturaliza (se vuelve ciudadano), la petición puede actualizarse. Esto podría reducir el tiempo de espera por una visa disponible. 

En Armstrong Legal nos gustaría conocer su historia, guiarle en el proceso y acompañarle en este camino.

¡Llámenos al (469) 844-0020 y agende una consulta! Nuestra oficina está ubicada en Dallas, Texas, pero también podemos ofrecerle servicios vía telefónica o consultas virtuales. ¡Nos sentiremos honrados de servirle!

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